Se creó la División Coordinación contra el Trabajo Ilegal en AFIP

La medida refleja el compromiso y voluntad de las autoridades de AFIP en la lucha contra la Trata y Explotación.

Gustavo Vera, en representación del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a sus Víctimas, celebra la Disposición AFIP N° 112/2020 mediante la cual se crea en el ámbito de la Subdirecciòn General de Técnica Legal a cargo del Dr. Juan Pablo Pérez Millán, la División Coordinación contra el Trabajo Ilegal.

A esa flamante división se le ha encomendado desde AFIP “como misiones y funciones entender en los casos donde se presuma la existencia de explotación laboral y/o trata de personas con tales fines, entendiendo en la definición de estrategias y acciones tendientes a su detección, combate y erradicación en todo el ámbito nacional” . Formalmente ya han notificado al Comité la disposición de AFIP y sus funciones y su deseo de establecer contacto permanente a los fines de trabajar mancomunadamente en la lucha por erradicar la trata laboral y el trabajo forzado e infantil.

Uno de los mayores desafíos en materia de lucha contra la trata de personas consiste en ir mejorando año tras año las las capacidades estatales de detección y persecución de las redes de trata estudiando pormenorizadamente su estructura económica. Y en este sentido la voluntad de organismos claves como AFIP en asumir un compromiso especializado de lucha contra esta forma de criminalidad organizada es una buena noticia.

Días pasados, en la reunión de la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont y el Director General de la Seguridad Social, Carlos Castagneto con Gustavo Vera, habían anunciado un acuerdo con PROTEX, el Ministerio de Trabajo y otros organismos competentes, la realización de operativos conjuntos en materia de inspección y la creación de un área específica para luchar contra la trata. Ambos anuncios comenzaron a materializarse en acciones incorporadas al plan bienal 2020-2022 en proceso de elaboración y con la disposición mediante la cual se crea la flamante División contra el trabajo ilegal.

Fuente textual : Publicado el viernes 21 de agosto por la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP –

Nuevo fallo contra Uber en la Ciudad de Buenos Aires

Como se recordará el 13 de abril de 2016 tras una presentación del Sindicato de Peones de Taxi de la Capital, al día siguiente de que Uber comenzara a operar, la justicia ordenó cautelarmente la suspensión de ese servicio en la ciudad.

Tres años después la Justicia en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad libró un oficio a la Agencia Gubernamental de Control para que informe en un plazo de 20 días si Uber o alguna empresa vinculada a Uber presentaron algún pedido de habilitación para el servicio de transporte público de pasajeros

Además libró un oficio al Jefe de Gabinete de la Ciudad, Felipe Miguel, para que también en un plazo de 20 días informe de manera detallada «cuáles han sido las medidas concretas adoptadas por la Administración destinadas a hacer efectiva la cautelar dictada en fecha 13/4/2016, que se encuentra firme».

El Juez Víctor Trionfetti pide al Gobierno que precise «cuáles fueron las directivas, planes, protocolos, actuaciones, proyectos y toda otra actividad de gestión en el ejercicio del poder de policía» para garantizar el cumplimiento de esa cautelar.

A las medidas judiciales se suma que este lunes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a la empresa Uber por una deuda con el fisco de tributos y cargas sociales por más de 358 millones de pesos.

Fuente: Agencias

Recategorización de monotributistas en Argentina.

Del 1° al 20 de septiembre, correrá el período en el que los contribuyentes adheridos al monotributo deberán cumplir con el trámite de recategorización.

Están obligados quienes, en función a la facturación en los últimos 12 meses, deban cambiar de categoría dentro del esquema del impuesto.

También deben hacerlos quienes, sin modificaciones en sus ingresos, deban ratificar su categorías de la F a la K.

Esta última exigencia tiene que ver con una nueva disposición legal, que implica que una vez al año debe hacerse el trámite de recategorización, aunque sea para ratificar la ubicación dentro del esquema del régimen simplificado de contribuyentes.

Los que solo deban ratificar la categoría D y E deberán hacerlo entre el 1° y el 20 de octubre.

Para las categorías B y C el período será del 1° al 20 de noviembre.

Y para ratificar categoría A será entre el 1° y el 20 de diciembre próximo.

Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20170814MonotributoRecategorizacion.asp

La AFIP detectó trabajo esclavo en seis talleres textiles de la Ciudad

 

trabajo-esclavo-infobae.jpg.jpgUn operativo realizado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó esclavitud en seis talleres textiles ubicados en los barrios de Villa Luro y Mataderos, en la ciudad de Buenos Aires en donde confeccionaban buzos, remeras y jeans para diferentes marcas.
Las 24 personas relevadas hacían tareas sin estar registradas, pero 18 de ellas vivían en sus lugares de trabajo, «bajo una situación total de esclavitud y en deplorables condiciones de seguridad e higiene», según un comunicado oficial.
El sector textil en la Argentina registra un alto grado de informalidad en la Argentina bajo el sistema de «camas calientes», cuando el taller hace a la vez de vivienda y lugar de trabajo.
La mayoría de los trabajadores eran de nacionalidad boliviana y muchos eran indocumentados por lo debió intervenir la Dirección Nacional de Migraciones.
La AFIP presentará la denuncia por los delitos de reducción a la servidumbre y trata de persona ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal de turno.
Fuente: INFOBAE

AFIP estudia dar facilidades de pago a empresas con buena conducta fiscal

Los reclamos de las empresas, especialmente las pymes, de contar con más facilidades de pagos para cumplir con sus obligaciones impositivas, fueron respondidos por la AFIP días atrás, con un aumento de los planes para las firmas con ingresos anuales de hasta $ 50 millones.

El ente recaudador está de acuerdo en darle facilidades impositivas a las empresas en momentos en que la caída en la actividad económica complica sus finanzas.

Pero no quiere una política de beneficios indiscriminados. Por eso tiene previsto poner en marcha en julio un sistema de evaluación de riesgo fiscal, similar al scoring que usan los bancos para calificar a sus clientes.

El plan no es tener una política generalizada, sino premiar al «contribuyente ejemplar». Por ello buscarán determinar el nivel de cumplimiento de los contribuyentes, para que su conducta fiscal sea la variable que marque qué tipo de beneficios recibirá.

Fuente: El Cronista

Oficializan prórroga para declarar Ganancias y Bienes Personales

Mediante resolución general 3860, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la decisión de prorrogar por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.

El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.

En el caso del Impuesto a las Ganancias, además deberán hacerlo los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).

En sus considerandos, la norma explica que la postergación es adoptada «en virtud del objetivo permanente de este organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento -en tiempo y forma- de sus obligaciones fiscales».

Fuente:Ambito.Com  Compacto de Noticias del lunes 11 de abril del 2016 – El Observatorio del Trabajo – FM 94.7 Mhz Radio Palermo .